Monroe 4800 |URQ4666
Principal
| Precio: | $ 1.100.000 |
|---|---|
| Operacion: | Alquiler |
| Tipo: | Departamento |
| Barrio: | Villa Urquiza |
| Antigüedad: | 9 años |
| Baños: | 2 |
| Ambientes: | 2 |
| Dormitorios: | 1 |
| Estado: | Bueno |
| Orientación: | Sureste |
| Disposición: | Contrafrente |
| Sup. Propia: | 46,00 m2 |
| Sup. Cubierta: | 40,00 m2 |
| Sup. Balcón: | 6,00 m2 |
| Movilidad Reducida: | Sí |
Edificio con amenities piscina, gym y solarium. Se desarrolla al contrafrente con balcon. Toilette y dormitorio en suite con vestidor. Conexion para lavarropas. 2 aires acondicionados. Apto mascotas. **El valor de las expensas consignado es aproximado y el definitivo surgirá de la ultima liquidacion de expensas**. Contrato a 2 años con actualizacion trimestral por IPC, 1 mes adelanto, 1 mes deposito, Garantia propietaria y/o seguros de caucion. Ingresos comprobables acordes canon locativo. Art. 4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.: Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666): para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".- Matricula CUCICBA Nº2235 Miguel Angel Corvalan.
Caracteristica
- Balcón
Detalle
- Agua caliente: central
- Aire Acondicionado: si
- Amenitie: piscina
- Amenitie: gym
- Amenitie: solarium
- Ascensor: 2
- Balcón: 3,6x1,75
- Baños: 1 completo en suite de 2,4x1,2
- Calefacción: piso radiante electrico
- Cantidad Pisos: 13
- Cocina: 3x2,15 con barra
- Deptos. por Piso: 5
- Dormitorio: Suite 3,87x2,83 mas vestidor 2,68x1,55
- Entrada: muy buena
- Expensas: 244000
- Hall: 2x1
- Lavadero: conexion en cocina
- Living: comedor 4,67x3 a balcon
- Palier: comun
- Pileta: si
- Placards: completos
- Tipo Pisos: vinilicos
- Toilette: si
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Mapa
Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.