Salguero 2200 |ALT2508

Principal

Precio: $ 850.000
Operacion: Alquiler
Tipo: Departamento
Barrio: Palermo
Antigüedad: 45 años
Baños: 1
Ambientes: 2
Dormitorios: 1
Estado: Muy Bueno
Orientación: Noreste
Disposición: Frente
Sup. Propia: 48,00 m2
Sup. Cubierta: 28,00 m2
Sup. Balcón: 20,00 m2

Vista a Parque Las Heras. Departamento de 2 ambientes reciclado, muy luminoso, con amplio balcón terraza cerrado. Living comedor con ventanal a balcón terraza, dormitorio con ventanal, placard en suite, baño completo con ventilación al exterior. Cocina con ventana, alacenas sobre y bajo mesada, cocina a gas, espacio para heladera. Edificio de 45 años,de 8 pisos, dos ascensores, encargado sin vivienda, acceso por puerta principal, con cerradura eléctrica. Expensas $ 115.000.- (julio 2026). ABL $ 15269 (julio 2026). Todas las medidas son aproximadas y las definitivas surgirán de la escritura traslativa de dominio. El edificio no cuenta con accesibilidad para personas con movilidad reducida-Ley 5115 - Claudio J. García Alvarenga. Matrícula N°3738 CUCICBA LEY 5859 – Matrícula N°3738 CUCICBA. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler devivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”

Detalle

  • Agua caliente: Individual - Termtanque eléctrico
  • Aire Acondicionado: Frío en living comedor
  • Ascensor: 2
  • Balcón: Balcon Terraza
  • Baños: 1
  • Calefacción: Por estufa (en Living comedor)
  • Cantidad Pisos: 8
  • Cocina:
  • Deptos. por Piso: 3
  • Dormitorio: 3 x 3
  • Entrada: Principal
  • Expensas: $115.000.-
  • Lavadero: Incorporado
  • Living: 3 x 4
  • Placards: En dormitorio
  • Terraza: 20 m2
  • Tipo Pisos: ceramicos

Mapa

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Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.