Virrey Loreto 2400 |URQ4523
Principal
Precio: | $ 490.000 |
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Operacion: | Alquiler |
Tipo: | Departamento |
Barrio: | Belgrano |
Antigüedad: | 14 años |
Baños: | 1 |
Ambientes: | 2 |
Dormitorios: | 1 |
Estado: | Excelente |
Orientación: | Norte |
Disposición: | Frente |
Sup. Propia: | 46,52 m2 |
Sup. Cubierta: | 43,27 m2 |
Sup. Semi Cubierta: | 3,25 m2 |
Movilidad Reducida: | Sí |
Excelente departameno, muy bien ubicado, Balcon al frente con Red de Protección, Pisos de Madera, en Living y Dormitorio, Cocina con Barra, alacenas altas y Bajas, 2 Split de Frio y Frio Calor, Ventilador de techo, Baño completo, Portero Visor, Calefaccion por Loza, ABL $ 8.300, AYSA por expensas, NO se aceptan Mascotas. Puerta Blindada. Terraza Común, Parrilla y Laundry. Las Cortinas y Apliques quedan. APTO PROFESIONAL. Art. 4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.: Incorpórase como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666): para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".- Matricula CUCICBA Nº2235 Miguel Angel Corvalan**El monto de las expensas consignadas en esta ficha son aproximados y las definitivas surgirán de la ultima liquidación fehaciente de expensas.**
Detalle
- Agua caliente: Caldera dual
- Aire Acondicionado: 2, frío y frío calor
- Amenitie: Parrilla
- Amenitie: Laundry
- Amenitie: Jacuzzi
- Ascensor: 1
- Balcón: 2.70 x 2.07 con Proteccion
- Baños: 1 Completo
- Calefacción: Losa Radiante Individual
- Cantidad Pisos: 8
- Cocina: Abierta al living con Barra
- Deptos. por Piso: 3
- Dormitorio: 4,17 x 3 CP
- Entrada: Categoria
- Expensas: 67000
- Hall: 1.67 x 1
- Lavadero: Laundry
- Living: 8 x 2.70
- Palier: Comun
- Parrilla: Si comun
- Placards: Si
- Terraza: Común edificio
- Tipo Pisos: Madera
Mapa
Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.